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Estado legal

Control horario 2026: estado legal y obligaciones vigentes

Qué dice el BOE hoy sobre el registro de jornada, qué no está publicado y cómo cumplir sin caer en desinformación.

Fuentes oficiales recomendadas

Equipo RegistraHora

Equipo editorial

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Contenido basado en normativa vigente y fuentes oficiales (BOE).

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Estado legal a 4 de agosto de 2026

No hay una “Ley 2026” publicada en el BOE que obligue el fichaje digital. La obligación vigente es el registro horario obligatorio (RD-ley 8/2019 y Estatuto de los Trabajadores).

Marco vigente: lo que sí exige la ley

La normativa actual obliga a llevar un registro diario que sea fiable, accesible y conservado durante 4 años. Debe estar disponible para personas trabajadoras, representantes legales e Inspección de Trabajo.

  • Registrar inicio y fin de la jornada.
  • Conservar los registros 4 años.
  • Facilitar acceso en caso de inspección.

Qué no está publicado en el BOE

No existe una obligación legal de formato digital ni requisitos técnicos de “inmutabilidad” o “acceso remoto” salvo que se publiquen oficialmente.

El Gobierno anunció el 24 de julio que pretendía retomar la tramitación en septiembre de 2026. Es un objetivo político, no una fecha oficial de entrada en vigor. Consulta la última actualización del proyecto de registro digital.

  • No hay un calendario oficial para “digital obligatorio”.
  • No existe obligación de acceso remoto en tiempo real.
  • No hay requisitos técnicos oficiales publicados.

Cómo cumplir hoy y estar preparados

Para cumplir y reducir riesgos, la digitalización es una buena práctica aunque no sea exigible por ley en este momento:

  • Registro en tiempo real con trazabilidad.
  • Acceso claro para cada empleado.
  • Informes listos para inspección.

RegistraHora: preparado para cambios normativos

Nuestra solución está diseñada para alinearse con los requisitos técnicos propuestos en los borradores y facilitar el cumplimiento de la normativa vigente.

  • Fichaje digital móvil, web y tablet
  • Trazabilidad y registros seguros
  • Informes PDF para inspección
  • Conservación de registros 4 años
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Régimen sancionador

El incumplimiento del registro horario puede sancionarse dentro de los rangos generales de la LISOS para infracciones graves: de 751 € a 7.500 € por infracción. La cuantía depende del grado que aplique la Inspección según la gravedad y las circunstancias del caso.

Fuentes oficiales

Información actualizada a 4 de agosto de 2026. El proyecto de Real Decreto puede cambiar durante su tramitación administrativa. Sólo será exigible cuando se apruebe y se publique en el BOE.